Tuvimos que alcanzar un nivel de emergencia nacional para que el Senado de la República aprobara por unanimidad la Ley General de Víctimas. Ojalá y la Cámara de Diputados proceda a aprobarla sin dilación.
El colectivo social que promovió, desarrolló, enriqueció y finalmente llevó a la aprobación de la Ley tuvo que superar los obstáculos puestos por el Poder Ejecutivo Federal que no logra entender la magnitud del desastre histórico en que nos encontramos y que al menos tardará dos generaciones para superarse por las secuelas que la violencia deja.
El Gobierno Federal hizo todos lo posible para limitar la Ley a las víctimas de la delincuencia y por no incluir a las afectadas por violaciones de derechos humanos que son cometidas por agentes del Estado (policías, militares, jueces, ministerios públicos, por ejemplo). Así, en 2010 envió un proyecto de Ley Federal de Derechos sólo para las víctimas del delito.
El Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad promotor fundamental de la Ley aprobada, puso en evidencia mediante el diálogo y sus manifestaciones culturales pacíficas el enorme dolor, indefensión, soledad, miedo y rabia de miles de víctimas sin poder económico ni político para ser atendidas y hacerse visibles ante la comunidad nacional.
El MPJD logró catalizar para la formulación de la Ley las experiencias de las propias víctimas en su infructuosa búsqueda de la verdad, la justicia, la reparación del daño y la dignidad frente a instituciones públicas insensibles, profundamente corruptas e incapaces de realizar las funciones que tienen encomendadas. Acompañó a expertos nacionales e internacionales, académicos y defensores de derechos humanos integrados a la UNAM, el INACIPE y a diversas organizaciones de la sociedad civil como el Centro de Colaboración Cívica (CCC), la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMPDH) y FUNDAR, entro otras, para aportar al desarrollo de una tarea impostergable como es la expedición de esta Ley.
Esto debido a que la ausencia de un Estado de Derecho en México y de una cultura de la legalidad siempre ha colocado a las víctimas en situaciones desventajosas, con frecuencia ignoradas, abusadas y vejadas por las instituciones que deberían atenderlas y protegerlas. Ejemplos de doble victimización se viven cotidianamente en todo el territorio nacional: es la persona atropellada por un alcohólico al volante que termina pagándole a este los daños causados a su vehículo; es la joven violada que resulta culpabilizada por la forma supuestamente provocativa en que vestía; es el familiar que acude a denunciar la muerte o desaparición de un pariente cercano y termina siendo acusado de haberla causado.
Todos los días en nuestro país miles de personas son maltratadas por servidores públicos que abusando de su poder las excluyen y marginan del acceso a la información, a la investigación de sus denuncias, a un trato empático y humano, e incluso, al respeto a su intimidad y dignidad.
Las miles de víctimas del crimen organizado y de la violación a sus derechos humanos han levantado su clamor por justicia y por un Estado de Derecho y con ello han aportado al reconocimiento de la necesidad de una Ley General de Víctimas, más amplia y que reconozca la deuda que México tiene con las personas que han sido dañadas y lastimadas por otros, sean estos delincuentes o servidores público y ojalá en su interpretación, la Ley considere también a las afectadas por actos imprudentes e irresponsables de otras personas cuyos derechos humanos son violados cuando acuden a las autoridades.
La Ley define como víctima a la persona que directa o indirectamente ha sufrido daño o menoscabo de sus derechos producto de una violación de derechos humanos o de la comisión de un delito.
Se consideran víctimas directas aquellas personas que directamente hayan sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en general cualquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violación a sus derechos humanos reconocidos en los diversos instrumentos nacionales e internacionales.
Por su parte, son víctimas indirectas los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa -como los miles de huérfanos que hoy tenemos- y toda persona que de alguna forma sufra daño o peligro en su esfera de derechos por auxiliar a una víctima.
Con todo el dolor que subyace en su expedición, la Ley General comentada es un logro de las víctimas organizadas que han ejercido su derecho de petición, así como también del amplio movimiento de derechos humanos que actualmente incluye activistas cívicos, académicos, comunicadores, así como a legisladores y servidores públicos responsables.